Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

De acuerdo con la Secretaría de Tránsito los propietarios que tengan inscrita la matrícula de sus vehículos en la ciudad deben cancelar tres (3) salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) equivalentes a $100.000 pesos; los usuarios de motocicletas uno punto cinco (1.5) salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) equivalentes a $50.000 pesos.

Este recaudo comenzó a regir a partir del 1 de enero de 2022.

Tiene un valor de $22.500.
Necesitas una copia del documento de identidad.

No. Para realizar trámites o servicios, su vehículo o motocicleta debe estar matriculado aquí, en Tránsito Municipal de Valledupar, es decir, los trámites se realizan en el organismo de tránsito donde fue matriculado.

  • Presentar el documento de identidad original
  • Estar inscrito ante el Runt
  • Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito
  • Realizarse el examen médico en un centro de reconocimiento de conductores (CRC)
  • Cancelar los derechos de tránsito en nuestra oficina

Sí. Existe la posibilidad de pagar el valor de uno o varios comparendos por medio de un acuerdo de pago, que incluso podría ser por cuotas. Para realizar un acuerdo de pago, el monto mínimo de la deuda del usuario por comparendos debe ser de $580.000.

Debe hacerlo personalmente en nuestra sede ubicada en la Cl 16ª No. 10-24 La Casa en el Aire. Barrio Centro de Valledupar.

  • Estar inscritos al Runt, el vendedor, el comprador y el autorizado
  • Formulario de solicitud de trámites debidamente diligenciado
  • Contrato de compraventa con improntas adheridas al respaldo
  • Vendedor y comprador deben estar a paz y salvo por concepto de infracciones
  • SOAT vigente y Revisión técnico mecánica vigente
  • Copia del documento de identidad del comprador y vendedor
  • Paz y salvo de impuestos departamental (Gobernación del Cesar)
  • Paz y salvo de impuesto, si el cilindraje es mayor a 125 (motocicleta)
  • Pago de los derechos por concepto de trámite, incluyendo retención en la fuente
  • Si el propietario o comprador es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal, con vigencia no mayor a treinta (30) días.
  • Autorización o poder especial en caso de que el vendedor o comprador no se presente a radicar la solicitud (El autorizado o apoderado también debe estar inscrito ante el RUNT)

NOTA: No se realiza cobro de retención en la fuente para los siguientes casos:

  • Cuando el vendedor es persona jurídica
  • Cuando se realiza traspaso por hurto a la compañía aseguradora
  • Cuando se realiza traspaso por remate
  • Cuando se realiza traspaso por sucesión

Si se tiene un acuerdo de pago por comparendos, se puede realizar cualquier tipo de trámite, siempre y cuando este se encuentre cargado en SIMIT, y el pago de las cuotas se encuentren al día.