Consiste en el pago de la multa correspondiente a la infracción de tránsito informada mediante la orden de comparendo con ayudas tecnológicas, con el descuento, bien sea del 50% o del 25%, del valor de la misma, de acuerdo con el artículo136 de la Ley 769 de
2002 que establece: “Una vez surtida la orden de comparendo, si el inculpado acepta la comisión de la infracción, podrá, sin necesidad de otra actuación administrativa:
Para obtener el 50% de descuento:
Para obtener el 25% de descuento:
En ambos casos deberá asistir a un curso de educación vial.
Nota: La asistencia al curso está reservada únicamente para el infractor.
Si el curso es realizado ante un Centro Integral de Atención, se tendrá en cuenta su realización dentro de los términos antes señalados, y adicionalmente el infractor deberá presentar:
1. Copia del Certificado expedido por el Centro de Atención Integral u Organismo de tránsito debidamente habilitado por el Ministerio de Transporte, el cual se verificará en el Runt o en la página web de la entidad que certifica.
Copia del recibo de pago del curso.
El servicio no tiene ningún costo
Inmediata